La legislación en materia de derecho al olvido sigue avanzando. Las sentencias de los Tribunales van sentando las bases que determinan cuando un enlace debe desaparecer, debe eliminarse de los buscadores.
Entre los últimos avances destacamos dos que se han conocido este mes de enero de 2019. Por un lado, una sentencia del Tribunal Supremo Español que hace referencia a las noticias falsas e inexactas y por otro, las conclusiones del abogado general de la UE en referencia a informaciones con datos sensibles y a geolocalización.
Derecho al olvido y fake news
El Tribunal Superior ha emitido una sentencia en la que se establece que deben eliminarse de los buscadores aquellos enlaces que hagan referencias a noticias falsas o noticias con datos erróneos o inexactos. En su sentencia el Alto Tribunal da la razón a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que defendía el derecho al olvido de un denunciante que pedía la eliminación de enlaces a noticias que eran incorrectas y que aparecían al hacer un búsqueda en Google con su nombre.
La compañía Google se negó a borrar estos enlaces al realizar la búsqueda aludiendo a prevalecer el derecho a la información. Sin embargo, tras el recurso de la Agencia, el Supremo considera que este derecho a la información debe prevalecer cuando dicha información sea correcta. Sin embargo, cuando las noticias son falsas o inexactas debe aplicarse el derecho al olvido. Falla así a favor de la AEPD.
Derecho al olvido en datos sensibles
El abogado general de la UE se ha mostrado a favor de que la Justicia europea añada entre los supuestos para aplicar el derecho al olvido, los casos en los que los enlaces hagan referencia a datos personales considerados sensibles. A este respecto, el abogado de la UE aboga por que los buscadores apliquen el derecho al olvido por defecto cuando los enlaces contengan datos sensibles.
Además, el letrado europeo expone que los buscadores deben ponderar el derecho al olvido, el derecho a la información y la protección de los datos en los casos en los que las noticias tengan datos incompletos, inexactos y obsoletos. En estos casos debe aplicarse el derecho al olvido por defecto, siempre que no vaya en contra del derecho a la información. Por tanto, deja en manos de Google estas decisiones que deberán estudiarse caso por caso. Google es responsable de la gestión de sus enlaces, aunque no lo es del contenido de los mismos.
Derecho al olvido y dominios
En las conclusiones del abogado europeo también se habla del derecho al olvido global. En ellas, se muestra a favor de que Google elimine los enlaces solicitados en caso de que se cumplan los requisitos, de todos los dominios del buscador a nivel europeo, pero no puede pedirse que se eliminen a nivel global.
Estas conclusiones del abogado de la UE no son vinculantes pero el Tribunal de Justicia Europeo las suele tomar en consideración para establecer sus decisiones judiciales.