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Cinco claves sobre Derecho al olvido, según la AEPD

borrar-de-internetEntre las funciones de la Agencia Española de Protección de Datos se encuentra velar por que los ciudadanos obtengan su derecho al olvido. Cuando alguien acude a un buscador o a un sitio web para pedir que cierta información sobre su persona desaparezca de los resultados de búsqueda o de una determinada web y recibe una respuesta negativa, el ciudadano puede acudir a la Agencia y pedir que interceda para que se consiga el borrado de dicha información.

Con el fin de concretar y explicar determinados aspectos sobre el derecho al olvido, la Agencia explica en su web cinco claves que hay que tener en cuenta para ejercer este derecho al olvido. En el post de hoy vamos a hacernos eco de ellas.

  • ¿Qué es el derecho al olvido?

Es el derecho que tienen las personas a que sus datos personales e informaciones relativas a su persona desaparezcan de Internet y por ende, de los resultados de búsqueda. Siempre y cuando dicha información cumpla con ciertos criterios dictados por la Ley de Protección de Datos y las normativas al respecto. Así, aquellas informaciones que aluden a datos personales, informaciones que sean obsoletas, que carezcan de relevancia y de interés público, están sujetas a este derecho al olvido y a pedir en consecuencia su cancelación.

  • ¿Puedo ejercer el derecho al olvido frente al buscador sin acudir previamente a la fuente original?

Los buscadores rastrean la red para mostrarnos informaciones para determinadas palabras clave. Cuando hacemos una búsqueda de nuestro nombre pueden aparecer datos de carácter personal o información sobre nosotros que nos perjudica. Para que esa información deje de estar disponible en los resultados de búsqueda podemos hacer dos cosas, dirigirnos a la fuente original o dirigirnos al buscador y pedir que deje de estar visible. Desde la Agencia nos explican que hay veces que no podremos ejercer nuestro derecho sobre la fuente original, al considerar que la información no cumple los parámetros que establece la normativa para ser borrada, sin embargo puede ser que dicha información junto con otros datos que ofrece de nosotros el buscador lesione nuestra privacidad, en ese caso podemos acudir al buscador y pedir su eliminación.

  • Si ejerzo mi derecho al olvido frente a un buscador, ¿la información desaparecerá de internet?

La respuesta es no. La información dejará de mostrarse en los resultados de búsqueda para nuestro nombre y apellidos, no podremos acceder a ella desde páginas como Google, Yahoo, Bing…, pero sí estará visible desde la fuente original, es decir se mostrará si alguien teclea el enlace donde se habla de nosotros, y para la búsqueda de otras palabras clave. Aunque no desaparecemos de Internet, el simple hecho de que ya no esté en los buscadores nos hace más anónimos.

  • ¿Cómo puedo ejercer mi derecho al olvido?

Primero debemos dirigirnos al buscador y al webmaster, que son los responsables del tratamiento de nuestros datos y ejercer sobre ellos nuestros derechos ARCO, de cancelación y oposición al tratamiento de dichos datos. Si recibimos respuesta negativa o no nos hacen caso, podemos acudir a la Agencia y ésta valorará si la petición atiende a los criterios legales. Desde Bórrame os podemos ayudar y asesorar en el ejercicio de vuestro derecho al olvido.

  • ¿Limita el derecho al olvido, el derecho a recibir información?

Muchos de los detractores del derecho al olvido se escudan en que éste limita el derecho a la información. Sin embargo, no es así. La normativa señala cómo debe estudiarse caso por caso y ponderar qué derecho debe primar. Señala que aquellas informaciones de interés público o que afectan a una persona pública no pueden ser eliminadas.

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